El Concejo le pidió al Ejecutivo de Castelli la urgente reglamentación de la adhesión a la Ley de tenencia de perros peligrosos

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A través de una Resolución dictada en la sesión del martes, el Concejo Deliberante de Castelli le solicitó al Poder Ejecutivo Municipal que reglamente “con carácter urgente” la Ordenanza aprobada en 2016 de adhesión a la Ley de Tenencia de Perros peligrosos.

Se trata de la Ordenanza N° 2671 aprobada en el año 2016 que establecía la adhesión a la Ley Provincial 6798 que reglamenta la tenencia de perros considerados peligrosos. Dicha Ley establece entre otros múltiples aspectos, una previa autorización administrativa para la tenencia de éstos animales; medidas de seguridad que deben tener las instalaciones donde habiten, modo en que deben ser sacados a la vía pública; la habilitación de un registro por parte del órgano de aplicación y las conductas que se consideran infracciones y las sanciones que le corresponden.

Si bien Castelli ya tiene una Ordenanza para la adhesión a la Ley provincial, lo que falta es la instrumentación en el ámbito municipal. (FOTO: Prensa municipal)

El tema se abordó nuevamente el  ámbito del Concejo luego de un pedido formulado por la Jueza de Faltas  Provincial, doctora Mabel Barrios, a partir de una sucesión de denuncias presentadas por vecinos de Castelli sobre la presencia de animales peligrosos.  La Presidenta del órgano deliberante, Soledad Rach, explicó que el objetivo es trabajar en forma conjunta y lo que se pretende es que el Municipio reglamente la aplicación de esta Ley provincial que regula tenencia de perros peligrosos, para evitar poner en riesgo a la población.

Es necesario precisar que hasta el momento la conducta de los propietarios al producirse un ataque por parte de estos animales  es juzgada por los Jueces de Faltas o de Paz.  La norma legal dispone que será sancionado con arresto de hasta 30 días o multa equivalente de hasta 5  salarios mínimo vital y móvil a quien  tenga animales peligrosos o que puedan causar daños sin estar autorizado por la autoridad competente.

La legislación menciona como perros peligrosos al Mastin Napolitano, Doberman, Pitbull, Bul Terrier, Dogo Argentino, Rottweiler, Presa Canario, Akita Inu, Gran Perro Japonés o Tosa Japonés, Dogo de Burdeos, Staffodshire, Fila Brasilero, Bull Mastiff o aquéllos de cualquier raza que hubieran atacado a una persona o los adiestrados para el ataque y defensa.

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