La enseñanza de Educación Financiera será obligatoria en las escuelas secundarias chaqueñas

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La Cámara de Diputados aprobó este lunes la enseñanza de Educación Financiera obligatoria en los secundarios de la provincia.

La Cámara de Diputados aprobó la enseñanza de Educación Financiera obligatoria en los secundarios de la provincia del Chaco. La iniciativa fue aprobada este lunes en la Sesión Ordinaria Nº 16, y se trata de la Ley Nº 4093-E que posibilita que en los colegios chaqueños de gestión estatal como gestión privada se dicte la materia de finanzas.

 

 

La Ley 4093-E de enseñanza de Educación Financiera, será de carácter obligatorio en el nivel secundario del sistema educativo provincial, tanto para instituciones de gestión estatal como gestión privada.

Esta materia se entiende como el conjunto de actividades pedagógicas y procesos por los cuales los estudiantes adquieren conocimientos necesarios para la compresión del funcionamiento y significado del dinero, del gasto, del ahorro y los diferentes productos financieros, que les permitan desarrollar habilidades necesarias para llevar una adecuada gestión de las finanzas personales en pos de una buena calidad de vida presente y futura.

En materia educativa, se aprobó también la Ley 4090-E, que modifica el Artículo 354 del Estatuto Docente Provincial (Ley 647-E), en lo que hace al ejercicio de la jornada docente como incompatibilidad para ejercer un cargo electivo.

 

 

La misma pretende ajustar el Estatuto Docente, con el Régimen de Incompatibilidades de la Provincia. Ya que en este último se quitó la jornada docente como incompatibilidad y no así del Estatuto Docente, lo que generaba muchos conflictos ante la expectativa de una persona de tener un cargo de representación, por la existencia de dos leyes que se contraponían en sus derechos.

Con esta modificación, queda redactado de la siguiente manera: «Artículo 354: A un cargo docente no se podrá acumular el desempeño de un cargo electivo, excepto las previsiones constitucionales. Lo establecido precedentemente, no comprende a quien detente un cargo docente que no pertenezca a la modalidad de tiempo completo y cumpla funciones de concejal municipal, aunque se desempeñare como Presidente del Concejo. Queda asimismo excluido de esta incompatibilidad, el personal docente comprendido en el segundo párrafo del artículo 52 de la presente, siempre que no acumule las horas cátedra establecidas en el artículo 357 de esta ley».

Como cuestión previa al tratamiento del temario del día, el diputado Rubén Guillón, hizo mención al duelo provincial que se conmemora este 9 de septiembre por la Masacre de El Zapallar. Cuestión por la cual también se realizó el izamiento de las banderas a media asta. La Masacre de El Zapallar sucedió un 9 de septiembre de 1933, cobrándose la vida de un grupo de aborígenes de la etnia mocoví, perseguidos y asesinados en la localidad de El Zapallar, hoy conocida como General José de San Martín.

 

 

Otra normativa aprobada en esta oportunidad fue la Ley 4091-E, que modifica los artículos 1º y 2º de la Ley 2381–e (antes 7685), que instituye el «Día del Afrodescendiente Chaqueño y de la Cultura Afrolitoraleña». Lo que se promueve es cambiar la fecha del 6 de enero por la del 14 de octubre. Ésta última, indica el fallecimiento en 1980 de Oscar Marcelo Alemán, guitarrista afrochaqueño, compositor, cantante y performer argentino, especializado en jazz.

Este referente de la cultura nació el 20 de febrero de 1909, en Machagai, Chaco. Esta solicitud tiene por objetivo incluir la fecha en el período escolar activo para que se incorpore a las efemérides cuyo contenido habilita una reflexión sobre una de las dimensiones de la identidad chaqueña, aquella vinculada con la comunidad afrodescendiente.

Finalmente, se sancionó la Ley 4094-V, que instituye la última semana de septiembre como «Semana del Turismo Chaqueño», en concordancia con el 27 de septiembre, «Día Mundial del Turismo».

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