Procesan a las dos primeras pacientes con coronavirus en Chaco
Se trata de la madre y su hija que habrían contraído la enfermedad en Europa y luego generaron una cadena de contagios, que en dos casos derivaron en la muerte. Un informe del Ministerio de Salud fue clave para definir las imputaciones.
Se conoció este jueves que la jueza federal Zunilda Niremperger dictó el auto de procesamiento contra la madre y su hija consideradas como las pacientes “cero” de coronavirus en Chaco.
A diferencia de lo que solicitaba la Fiscalía con las firmas de Patricio Sabadini y Federico Carniel, que instaba a que se investigue si existió una conducta dolosa (la intención de las imputadas de propagar la enfermedad) con sanciones previstas en el artículo 202 del Código Penal o bien la cadena de contagios nació desde la imprudencia o negligencia (artículo 203), la magistrada se inclinó solo por esta última opción, que establece multas de entre 5 mil a 100 mil pesos, que podría llegar a prisión efectiva de entre seis meses y cinco años si el resultado fuera la enfermedad o muerte.
Si bien estas personas arribaron vía área por Asunción el 28 de febrero luego por vía terrestre se trasladaron a la capital chaqueña no es menos cierto que aún no regía en la provincia el aislamiento obligatorio siquiera para quienes volvía del extranjeros, ni el coronavirus era declarado pandemia.
Las imputadas realizan las consultas médicas el 6 de marzo y un día más tarde se les practica el hisopado, fecha en la que también España, uno de los países en los que habían vacacionado las mujeres, es considerado un país con circulación comunitaria y con ello adquiere la categoría de sospechoso, escenario que lleva a que todos los que por allí pasaron deberían efectuar el aislamiento.
Procesamiento
«Debe resaltarse que desde su regreso al país, la primera conexión que mantuvieron las imputadas con otras personas, fue con sus familiares mas cercanos, entre los cuales se hallaban sus propios hijos y nietos. Esta circunstancia, me hace suponer la falta de intención, el dolo”, señaló la jueza para justificar una imputación menor a la que pedían los representantes del Ministerio Público.
Para llegar a su decisión, también fue clave para la magistrada fue clave el informe proporcionado por el Ministerio de Salud atento que queda de manifiesto la falta de colaboración de parte de las sospechadas en lo que hace a brindar la información de sus contactos estrechos.
«Al principio se negaron a brindarnos los números telefónicos y los datos de las personas con las que estuvieron, entorpeciendo así la investigación de probables casos”, señala el documento que obra en el expediente y el cual tuvo en cuenta Niremperger para definir la situación procesal.
En el informe se establece una de las ramificaciones de la cadena de contagios que puede atribuirse a estas personas, confirmándose al menos siete infectados de los cuales dos fallecieron.
Finalmente, el procesamiento no se estableció con prisión preventiva, pero sí trabó un embargo para las imputadas de 300 mil pesos.