Tras la audiencia en la que se presentaron la subsecretaria Legal de Capital Humano y al dirigente social Juan Grabois, la Sala II de la Cámara Federal confirmó el fallo del Juez Casanello, que ordenó la distribución inmediata de las 5 mil toneladas que Petovello guarda a punto de vencerse.
El Ministerio de Capital Humano había apelado la medida de Casanello, acusando al juez de «violar la división de poderes», exceder su jurisdicción y dictaminar sobre una «política de Estado no justiciable». Sin embargo, los camaristas no respaldaron ninguna de estas razones y apoyaron la decisión del juez.
Al emitir su voto, Martín Irurzun, presidente de la Sala II, dijo: «La decisión fue adoptada por un juez penal en el marco de una causa en desarrollo, con lo cual no puede sostenerse -como pretende la recurrente- que estamos en presencia de una intromisión indebida de la justicia en esferas que son de exclusiva competencia de otro órgano del Estado».
Y añadió: «No están en discusión las políticas de Estado en materia de seguridad alimentaria sino, lisa y llanamente, si existió una actuación ilícita de funcionarios públicos que agravó aún más la situación catastrófica en la que se encuentra un importante grupo de personas que no tienen sus derechos humanos básicos cubiertos».
El juez Farah, por su parte, se refirió al escándalo protagonizado por Juan Grabois y Leila Gianni durante la audiencia del martes. «En la audiencia realizada el día de ayer las partes no contribuyeron en nada para la solución del caso. Todo lo contrario», afirmó. Y agregó que «no expusieron cabalmente cuáles eran las razones de hecho y de derecho que sustentaban sus respectivas posiciones en la causa. Los pocos señalamientos en esa dirección se diluyeron. Por un lado, entre insultos, gritos y acusaciones recíprocas sobre quién es el responsable por la situación de extrema pobreza que azota a una parte importante de la población y sobre quién debe recibir los laureles por haber afrontado con eficacia esa situación. Por otro lado, entre sermones, suspicacias y hasta admoniciones, se deslizaron regaños anticipados por lo que suponen que este Tribunal habrá de resolver».
En cuanto a la actuación de Casanello, Farah explicó que este partió de la base de su competencia penal para investigar los delitos denunciados y la relación entre estos y los alimentos que no estaban siendo distribuidos. Consideró que la medida cautelar «puso el acento en expresas previsiones de uno de los tratados internacionales con jerarquía constitucional que resultan de aplicación al caso por existir en el país una situación de pobreza de alcances significativos y por haberse demostrado la existencia de numerosos alimentos adquiridos y almacenados para ser destinados a paliar aquella situación».
Además, en el fallo se aclara que el juez no ordenó la entrega de los alimentos, sino que encomendó «al Ministerio que, en el marco de sus competencias, elabore un plan de distribución» de los alimentos almacenados en dos depósitos específicos. Esta diferencia «pone de manifiesto una actitud de prudencia del Juez de Primera Instancia, que debe ser destacada».