Réplica: Los doctores Walter Romero y Graciela Samoluk aclararon sobre una denuncia en su contra
Los médicos Graciela Samoluk y Walter Romero del hospital del Bicentenario, hicieron llegar a este medio un descargo escrito referido a una publicación donde aparecen involucrados a partir de una denuncia penal formulada por el Licenciado en Obstetricia David Navarro.
LA RÉPLICA
«Quienes suscriben, dra Graciela Alejandra Samoluk, DNI Nº26.389.974. y Dr Walter Rubén Romero, DNI Nº 24.441.548, nos dirigimos a usted a efectos de ejercer derecho de réplica ante la nota de fecha 12 de marzo de 2020 titulada “Grave denuncia penal contra médicos del hospital de Castelli”. Consideramos que dicha publicación afecta nuestro buen nombre, honor y trayectoria como profesionales de la salud que durante más de 8 años brindamos al servicio de la comunidad, a efectos de brindar la real versión de los hechos ocurridos.
Ante la acusación recibida por el Licenciado en Obstetricia, David Navarro, paso a relatar lo sucedido el 26 de febrero de 2019: Por la mañana nos encontrábamos con la licenciada en Obstetricia D.J. en el estar de la Residencia de Obstetricia del Hospital del Bicentenario de Castelli, cuando el señor David Navarro ingresó y se dirigió a su jefa de Residentes pidiéndole que “le dé una mano con el parto”, al estar como médica de guardia los acompañé a la sala de partos. Al ingresar vi a la paciente en el sillón de parto, la Neonatóloga de guardia sentada esperando recibir al recién nacido, la residente de primer año S.F. tratando de realizar el parto con maniobras de depresión vaginal, una licenciada en enfermería realizando maniobras de Kristeller, a lo que solicité a ambas se detengan, ya que dichas maniobras podrían tener consecuencias graves e irreparables para la salud, tanto fetal como materna. La paciente ya tenía realizada la Episiotomía sin haber coronado la presentación fetal; por lo que procedí a examinar a la señora y constaté que la misma se encontraba en segundo plano de Hodge.
Tras tremenda situación de violencia obstétrica contemplada en la Ley 25.929 art. 2 donde hace referencia al parto natural, respetuoso de los tiempos biológicos y psicológicos, evitando prácticas invasivas y suministro de medicación que no estén justificados por el estado de la parturienta o de la persona por nacer; pregunté al señor Navarro ¿en qué plano de Hodge se pasaba a una parturienta primigesta a una sala de partos? Y ¿en qué plano de hodge se realizaba en caso de ser necesario la episiotomía? Ya que según la literatura una paciente primigesta se debe pasar a sala de partos con la presentación en Cuarto plano de Hodge y sólo se realiza la Episiotomía con la cabeza fetal coronando, a fin de evitar en lo posible un daño mayor en los músculos del Periné, pensando en su futuro ginecológico, práctica que hoy en día sólo se aconseja en situaciones extremas debido a sus secuelas.
El señor Navarro respondió agresivamente, como era de costumbre en él responder a las mujeres de sector, a los gritos, como una forma de amedrentamiento, manifestó que pasó a la paciente a la sala de partos porque era poco colaboradora y que indicó a la Residente de de Primer Año realizar episiotomía para ayudar al descenso de la presentación fetal.
Ante dichas respuestas que no están contepladas en la literatura, le dije que estaba equivocado, él continuaba tratando de justificar su accionar a los gritos. Tras la discusión, la paciente sola, sin mayores intervenciones tuvo a su recién nacido, por lo que me retiré de sala de parto al pasillo común de este sector. El señor Navarro me sigue y continúa gritándome que la Episiotomía fue necesaria para que la paciente tuviera su parto y muchas otras cosas de las que no recuerdo porque fue una situación violenta, en la que me sentí amenazada en mi integridad física, por lo que me retiré del lugar y pedí al doctor Romero que continuara con la guardia. Al día siguiente la Jefatura de Residencia decidió qu el señor Navarro no permanezca en sala de partos a fin de no perjudicar la finalización de su residencia.
Sin otro particular, saludamos tentamente»
Samoluk Graciela Romero Walter
DNI Nº26.389.974 DNI Nº 24.441.548
Tocoginecología Tocoginecólogo
VER NOTA: Denuncia penal contra dos médicos del Hospital del Bicentenario por maltrato y persecución laboral