Piden multar al gobierno de Zdero por incumplir la cautelar por el Lote 88
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Una semana después de que la jueza intimara al gobernador Leandro Zdero y a sus funcionarios a no desconocer el fallo que ordenó otorgar el título de propiedad comunitaria del Lote 88 a la comunidad indígena, el gobierno informó a través de medios ultraoficialistas que “apeló” la sentencia. Según pudo saber LITIGIO, la asociación ALPI Añaxaipí (Mujeres Fuertes) lo denunció por incumplimiento y pidió que se lo multe.
La asociación civil ALPI Añaxaipí, que representa a comunidades originarias del Lote 88 de Miraflores, presentó este martes una denuncia judicial y reclamó la aplicación de astreintes contra el Poder Ejecutivo provincial. El pedido se inscribe en una secuencia de incumplimientos que viene escalando desde hace semanas: el gobierno del gobernador Leandro Zdero no solo ignoró la medida cautelar de no innovar dictada en 2020, sino que además desinformó sobre una supuesta “apelación” al fallo principal del amparo que ordena escriturar el predio a nombre de la comunidad.
El antecedente inmediato es una resolución dictada apenas una semana atrás. El 7 de abril, la jueza civil y comercial de Juan José Castelli, Selva Sandra Gaynecotche, había intimado al propio gobernador Zdero y al entonces ministro de Gobierno, Julio Ferro, a abstenerse de formular declaraciones públicas orientadas a desconocer la sentencia. La medida respondió a una catarata de expresiones de ambos funcionarios, difundidas por medios oficialistas, en las que cuestionaban el fallo y alimentaban la conflictividad social en torno al predio. La cautelar que prohíbe esas declaraciones fue dictada originalmente en marzo de 2020, durante la gestión de Jorge Capitanich, y apuntaba entonces contra una ministra y el intendente de Miraflores. Ahora cobró nueva vigencia frente a la conducta del gobierno de Zdero.
Lejos de acatar esa intimación, el Ejecutivo profundizó su postura. A través de la Fiscalía de Estado informó una supuesta apelación al expediente de ejecución de la acción de amparo (N° 55/20) y propuso una solución alternativa que consiste en dividir el predio: una mitad para la comunidad indígena y la otra para los pobladores criollos, con 75 hectáreas adicionales como compensación.
El gobierno argumenta que la ejecución de la sentencia afectaría a unas 600 familias con décadas de ocupación en el terreno y podría desencadenar un conflicto social de magnitud irreversible. Como prueba del incumplimiento de la medida cautelar por la que se intimó al gobierno del Chaco a no expresarse en contra de la sentencia firme desde 2014, la asociación ALPI Añaxaipí adjuntó al escrito una nota de Diario Norte del 13 de abril en la que el gobierno confirmó públicamente la “apelación”.
Lo que el Ejecutivo presenta como una búsqueda de solución pacífica es, en rigor, la resistencia a ejecutar una sentencia firme que lleva más de doce años de jurisprudencia consolidada en materia de derechos territoriales indígenas en la provincia del Chaco. El artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas y garantiza la propiedad comunitaria de sus tierras con carácter de inenajenable e insusceptible de gravámenes. Ese mandato no admite ser postergado por la complejidad política de su implementación, ni puede ser reemplazado por propuestas unilaterales que el Estado diseña sin consultar a quienes son titulares del derecho. La existencia de terceros ocupantes en tierras indígenas no es un obstáculo jurídico para cumplir la sentencia: es, precisamente, la consecuencia del despojo territorial que el Estado tiene obligación de reparar.
La jueza Gaynecotche tiene ahora sobre su escritorio el pedido de sanciones conminatorias. Deberá resolver si la conducta del Ejecutivo de procurar alterar el sentido del fallo judicial configura una violación a la cautelar vigente y si corresponde imponer astreintes al gobierno provincial. La decisión llega en un momento en que el propio Estado ya fue intimado judicialmente por sus declaraciones públicas y aun así eligió profundizar el incumplimiento. Lo que está en juego no es solo el futuro del Lote 88: es si las órdenes judiciales que protegen derechos indígenas tienen fuerza real frente a un Ejecutivo que prefiere apelar antes que cumplir.
*FUENTE: litigio.com.ar (Periodismo judicial)
